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			 [article] | Títol : | Poena sine culpa? cuando las medidas se convierten en penas por el mero transcurso del tiempo : cuando las medidas se convierten en penas por el mero transcurso del tiempo |  | Tipus de document : | document electrònic |  | Autors : | Laura Pozuelo Pérez, Autor |  | Data de publicació : | 2020 |  | Idioma : | Castellà (spa) |  | Matèries : | Dret penal Penes
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 TOP:Procediment penal:Mesures cautelars
 
 |  | Paraules clau : | Justícia juvenil |  | Classificació : | 343.126 MESURES CAUTELARS en el procediment penal |  | Resum : | ¿Es posible encarcelar a alguien por cometer un hecho que, dada su incapacidad de culpabilidad penal, no era delito? En este trabajo se abordan los problemas derivados de la previsión legal que permite enviar a una prisión de adultos a alguien que, tras ser condenado siendo menor a la medida de internamiento en régimen cerrado, alcanza la edad de 18 o 21 años (con diferentes requisitos en uno u otro supuesto). En efecto, los menores de edad entre 14 y 18 años son penalmente responsables a efectos de la L.O. 5/2000 Reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores; pero su capacidad de culpabilidad no es plena. Los adolescentes se encuentran inmersos en un proceso de paulatina adquisición de capacidades cognitivas y volitivas que permite afirmar que su capacidad de culpabilidad –a la que denomino “imputabilidad adolescente”- es distinta a la de un adulto: de ello se deriva la exigencia de un tratamiento penal diferente al establecido en el Código penal de adultos. Sin embargo, esta exigencia resulta preterida cuando el menor condenado a internamiento en régimen cerrado cumple los 18 o los 21 años. Internar a estos jóvenes en un lugar demostradamente criminógeno, en el que se abandona la específica intervención educativa propia de la Ley Penal del Menor y donde hay mayor riesgo de victimización, tiene graves consecuencias prácticas. En el origen de todo ello se encuentra una grave contradicción valorativa: encarcelar a alguien por un hecho cometido cuando no reunía el estándar de capacidades cognitivas y volitivas mínimas que integran el principio de culpabilidad hace que lo que inicialmente fue impuesto como medida se acaba convirtiendo de facto en una pena: una poena sine culpa. 
 |  | Enllaç al recurs electrònic : | https://indret.com/poena-sine-culpa-cuando-las-medidas-se-convierten-en-penas-po [...] |  | Permalink : | http://icavor.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=5935 |  in Indret > núm. 2  (2020)
 [article] Poena sine culpa? cuando las medidas se convierten en penas por el mero transcurso del tiempo : cuando las medidas se convierten en penas por el mero transcurso del tiempo [document electrònic] / Laura Pozuelo Pérez , Autor . - 2020.Idioma  : Castellà (spa )in Indret  > núm. 2  (2020) | Matèries : | Dret penal Penes
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 |  | Paraules clau : | Justícia juvenil |  | Classificació : | 343.126 MESURES CAUTELARS en el procediment penal |  | Resum : | ¿Es posible encarcelar a alguien por cometer un hecho que, dada su incapacidad de culpabilidad penal, no era delito? En este trabajo se abordan los problemas derivados de la previsión legal que permite enviar a una prisión de adultos a alguien que, tras ser condenado siendo menor a la medida de internamiento en régimen cerrado, alcanza la edad de 18 o 21 años (con diferentes requisitos en uno u otro supuesto). En efecto, los menores de edad entre 14 y 18 años son penalmente responsables a efectos de la L.O. 5/2000 Reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores; pero su capacidad de culpabilidad no es plena. Los adolescentes se encuentran inmersos en un proceso de paulatina adquisición de capacidades cognitivas y volitivas que permite afirmar que su capacidad de culpabilidad –a la que denomino “imputabilidad adolescente”- es distinta a la de un adulto: de ello se deriva la exigencia de un tratamiento penal diferente al establecido en el Código penal de adultos. Sin embargo, esta exigencia resulta preterida cuando el menor condenado a internamiento en régimen cerrado cumple los 18 o los 21 años. Internar a estos jóvenes en un lugar demostradamente criminógeno, en el que se abandona la específica intervención educativa propia de la Ley Penal del Menor y donde hay mayor riesgo de victimización, tiene graves consecuencias prácticas. En el origen de todo ello se encuentra una grave contradicción valorativa: encarcelar a alguien por un hecho cometido cuando no reunía el estándar de capacidades cognitivas y volitivas mínimas que integran el principio de culpabilidad hace que lo que inicialmente fue impuesto como medida se acaba convirtiendo de facto en una pena: una poena sine culpa. 
 |  | Enllaç al recurs electrònic : | https://indret.com/poena-sine-culpa-cuando-las-medidas-se-convierten-en-penas-po [...] |  | Permalink : | http://icavor.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=5935 | 
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